Periodo de estancia, renovación, modificación, residencia permanente, autorización de actividades extraordinarias, reentrada y obtención de estatus
2-8 Obtención del estatus de residencia
Es necesario solicitar en la oficina local de Inmigración el estatus de residencia para los hijos que hayan nacido en Japón y que no tengan nacionalidad japonesa. Este trámite se hará antes de que pasen 30 días desde su nacimiento, aunque no será necesario si ellos salen de Japón antes de que pasen 60 días después de su nacimiento.
Documentación necesaria
Lugar de presentación de la solicitud e información
Hasta cuándo
Tarifa
1. Formulario para obtener el estatus de residencia
2. Acta de nacimiento, libreta de salud materno-infantil, etc.
3. Pasaportes de los padres o sus tarjetas de registro de extranjero
Presentación del formulario:
Oficina Local de Inmigración de la provincia donde reside
Información:
Oficina Local de Inmigración de la provincia donde reside o Centro de Información General sobre la Residencia de Extranjeros (véase 4 Información general sobre la residencia )
Antes de que pasen 30 días desde la fecha de nacimiento (no será necesario si salen de Japón antes de que pasen 60 días desde su nacimiento)