
4-2 Pensión
A los extranjeros residentes en Japón se les aplica el Seguro de Previsión Social o la Pensión Nacional.
(1) Seguro de Previsión Social
Igual que el Seguro de Salud, los trabajadores extranjeros contratados de forma fija por empresas con más de 5 empleados deberán afiliarse al Seguro de Previsión Social para que este sistema les sea aplicable. También deberán hacer lo mismo los trabajadores a tiempo parcial que trabajen más de tres cuartas partes de las horas y días trabajados de los empleados fijos de la empresa. La cuota del seguro se paga a partes iguales entre la empresa y el trabajador (o sea al 50% cada uno), la cual varía según el sueldo mensual y las bonificaciones. El pago de la cuota se realizará por medio de la empresa.
(2) Pensión Nacional
Los no afiliados al Seguro de Previsión Social se afiliarán a la Pensión Nacional (véase G Pensión 1. Pensión Nacional).
(3) Tasa de Reembolso por Baja
Los extranjeros afiliados al Seguro de Previsión Social o a la Pensión Nacional podrán cobrar la tasa de reembolso por baja si hacen los trámites de solicitud después de salir de Japón (para mayor información véase G Pensión 1-2 (4) y 2-2 (4) Tasa de Reembolso por Baja).
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