La remuneración se paga para que el extranjero pueda sufragar los gastos necesarios durante su estancia en Japón (gastos en alimentos, ropa, cultura y ocio, teléfono y otros gastos diversos). Esta remuneración debe pagarse total y directamente a la persona extranjera en una fecha determinada al mes por la institución receptora. Sin embargo, parte de esta remuneración se deberá pagar a la llegada a Japón para que disponga de dinero y pueda sufragar los gastos de los primeros días de estancia. En caso de realizar el pago mediante la cuenta bancaria, se necesita el consentimiento del titular, quien deberá guardar la libreta de ahorros, sello personal y tarjeta de banco.
Por regla general la institución receptora tiene que costear el viaje de ida y vuelta, vivienda, gastos de la capacitación, seguro médico, etc.
Asimismo deben controlarse estrictamente la remuneración por la capacitación y los gastos previos a la llegada a Japón para que dichos gastos no se descuenten de la remuneración.




