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ESF04-3

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Sistema de seguro médico estatal
4-3 Seguro de Salud Nacional
(1) Beneficiarios
Las personas no afiliadas al Seguro de Salud de las empresas se afiliarán a este seguro. Los extranjeros, si están registrados en el Ayuntamiento y tienen más de un año de permiso de residencia pero no están afiliados al Seguro de Salud de las empresas, están obligados a afiliarse a este seguro (excepto las personas de estancia de corta duración). Igualmente tendrán que afiliarse a este seguro los extranjeros que, aunque tengan menos de un año del estatus de residencia al principio, tengan la posibilidad de permanecer más de un año en Japón.
※Sin embargo, el Acuerdo de Seguridad Social entre Japón y Estados Unidos de América, que entró en vigor el primero de octubre de 2005, determina lo siguiente: “Los extranjeros, objeto de la aplicación de la Ley de Gastos Costeados, que hayan suscrito un seguro médico para los gastos médicos que puedan surgir durante su estancia en Japón, lo cual debe ser certificado por el Departamento de Seguridad Social de Estados Unidos, no tendrán que afiliarse al Seguro de Salud Nacional de Japón”.
(2) Trámites de afiliación
Los trámites de afiliación se hacen en la sección del Seguro de Salud Nacional del Ayuntamiento del municipio donde está su registro de extranjero.
Documentación necesaria Tarjeta de registro de extranjero
Documento que haga constar la posibilidad de permanecer más de un año en Japón en caso de que tenga menos de un año del estatus de residencia (como por ejemplo, certificado de ingreso en la escuela, certificado de matrícula de la escuela, etc.)
(3) Tarjeta de seguro (tarjeta del asegurado del Seguro de Salud Nacional)
Al hacer los trámites, se le dará una tarjeta de seguro. Tendrá que guardarla bien, ya que la tarjeta es el documento que hace constar su afiliación al seguro. En la tarjeta vienen el nombre y apellidos, domicilio, etc., del asegurado. Tiene que presentarla en la recepción del hospital y la llevará incluso en sus viajes dentro de Japón. Esta tarjeta no se puede prestar, alquilar, vender ni comprar a nadie.
(4) Cantidad a pagar en las instituciones médicas
La cuantía a pagar por los tratamientos médicos en caso de enfermedades y lesiones es del 30% del costo médico. Sin embargo, los mayores de 70 años de edad pagarán el 10% ó 30% dependiendo de sus ingresos, mientras que para los niños de 0 y 2 años será del 20%.
●Porcentaje a pagar
Menores de 3 años 20% del gasto médico
Mayores de 3 y menores de 70 años 30% del gasto médico
Mayores de 70 años 10% del gasto médico (el 30% si sus ingresos sobrepasa cierto nivel establecido)
(5) Cuota
Usted mismo puede pagar la cuota mediante entidades bancarias u otros medios. Concretamente dispone de 3 formas de pago que son: en las entidades bancarias, en el Ayuntamiento (presentando la factura enviada a su domicilio) o mediante la domiciliación de pago. También puede pagarla al recaudador que viene a cobrarla a su casa.
La cuantía de la cuota varía entre los municipios y se determina anualmente según sus ingresos, el número de familiares en el hogar, etc. En el primer año de estancia se le impondrá una cantidad mínima porque carece de ingresos del año anterior en Japón y, a partir del segundo año, variará según los ingresos y otras condiciones. Los mayores de 40 y menores de 65 años de edad pagarán también la cuota del Seguro de Asistencia a la Dependencia (véase I Otros Servicios Sociales 2-1)
Si usted demora en pagar la cuota, se le retirará la tarjeta del asegurado y recibirá el “certificado en calidad de asegurado”. Mientras usted tenga este certificado, posiblemente tendrá que pagar todos los gastos médicos (después podrá reclamar la devolución de gastos de tratamiento médico al Ayuntamiento municipal o a la organización a la que pertenece). No demore en pagar la cuota, cumpla puntualmente con la fecha. Si le es difícil pagarla por accidente, desempleo, quiebra de negocios, etc., consulte con la sección del Seguro de Salud Nacional del Ayuntamiento, porque es posible que se le apliquen medidas de reducción de cuota.
(6) Descripción del concepto de gastos y subsidios del Seguro de Salud Nacional
  Descripción       Concepto de subsidios  
  En caso de sufrir enfermedades y lesiones      
Cuando recibe tratamiento con la tarjeta del asegurado Prestación del tratamiento médico
Cuando paga el costo total provisionalmente Gastos de tratamiento médico
Cuando paga más del nivel establecido Gastos de tratamiento médico elevados
Cuando se traslada al paciente en casos de emergencia Gastos de traslado
En caso de parto Subsidio por parto y crianza del bebé, entre 300 mil y 380 mil yenes
En caso de fallecimiento Gastos funerarios
※Subsidio por parto y crianza del bebé
Cuando la asegurada da a luz a un bebé, se le concederán entre 300 mil y 380 mil yenes por bebé en concepto de subsidio por parto y crianza del bebé. La cantidad varía según el municipio.
(7) Avisar en los siguientes casos
Una vez afiliado al Seguro de Salud Nacional, no se podrá dar de baja automáticamente. Por ello si se afilia al Seguro de Salud de la empresa avíselo a la sección del Seguro de Salud Nacional del Ayuntamiento en un plazo máximo de 14 días. Igualmente tendrá que avisarle a la misma sección en caso de perder la tarjeta de seguro, deteriorarla, al nacer un bebé, al cambiar el cabeza de familia, o si el asegurado fallece, etc., en un plazo máximo de 14 días. Y cuando cambia de casa también. Si decide cambiar de casa, diríjase al Ayuntamiento del municipio donde reside con la tarjeta de seguro para avisarle la fecha de cambio de casa y, una vez trasladado, se presentará al Ayuntamiento correspondiente para hacer los trámites con la nueva dirección en un plazo máximo de 14 días.
Al salir de Japón, diríjase al Ayuntamiento con antelación llevando la tarjeta de seguro, sello personal (si lo tiene), tarjeta de registro de extranjero, billete de avión, etc.


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