3-3 Subvención a la baja por maternidad (en caso de faltar al trabajo por el parto)
Si falta al trabajo por el parto y la empresa no le paga los días de la baja, usted puede beneficiarse de la subvención a la baja por maternidad que cubre los 42 días (98 días en caso de parto múltiple) anteriores al día del parto (si el parto es después del día previsto, serán “los 42 días anteriores al día previsto”) y los 56 días posteriores al mismo.
Cuantía a recibir: Cantidad equivalente al 60% de la remuneración media diaria multiplicada por los días de la baja establecidos.
Si usted cobra menos sueldo durante la baja por maternidad, podrá recibir la diferencia salarial de la subvención del seguro.